PAUTAS para la Adjudicación de Beneficios Marzo 2023
La convocatoria para obtener descuentos en los aranceles de las cuotas de Posgrado para las Maestrías, Carreras y Programas que inician en marzo y abril 2023, estará abierta desde el 16 de febrero hasta el 20 de marzo 2023 inclusive.
Solicitud de bonificaciones
Cada aspirante, de acuerdo a su condición (título, facultad, actividad), podrá obtener un porcentaje de descuento que se aplicará a las cuotas del arancel que deba abonar. Este descuento no aplicará a los siguientes ítems: Matrícula, Derecho de tesis, TIF.
Los aspirantes a descuentos en las cuotas de los cursos de posgrado deben cumplir en tiempo y forma presentando su aplicación a la convocatoria de la “solicitud de bonificación” y la documentación requerida.
La asignación del porcentaje de beneficio la realizará una Comisión ad hoc de la Secretaría de Posgrado, que evaluará la documentación presentada por cada postulante, en la que docentes y graduados recientes de universidades nacionales y en especial los de la FADU, tendrán prioridad.
Las bonificaciones máximas a las que podrá accederse son las siguientes:
Para la evaluación de la SOLICITUD de BONIFICACIÓN, es condición excluyente que la/el aspirante haya completado el formulario de inscripción al posgrado que desea realizar y previamente haber sido admitido por el Programa, Carrera, Maestría o Curso que tenga requisito de admisión.
1) Completar el formulario on line de la presente Solicitud de Bonificaciones con sus datos personales y aceptando las pautas y condiciones.
2) Entrega de documentación: a fin de que los postulantes puedan contar con una primera opinión de forma más ágil, previa al despacho de la comisión, se establecerán dos mecanismos diferentes para la entrega de la documentación requerida:
El resultado de la solicitud de beneficio será informado al correo electrónico proporcionado antes del inicio de los posgrados.
Fecha límite para cumplimentar la Inscripción a la convocatoria: 5 de Marzo 2023
PERIODO DE VALIDEZ DEL BENEFICIO
Todas las bonificaciones concedidas serán ad-referendum de la iniciación efectiva de la actividad para la que fueron otorgadas.
Si por algún motivo se demorara el inicio de dicha actividad, el adjudicatario conservará el derecho adquirido por el lapso de un año a partir de su otorgamiento, siempre que la condición motivo del otorgamiento no haya variado.
ALCANCES Y OBLIGACIONES
El porcentaje de descuento especificado en la bonificación se aplicará al arancel que le correspondería pagar al adjudicatario en las cuotas del curso elegido. Las erogaciones en concepto de formularios, certificados, tramitaciones, títulos, etcétera, no están comprendidas dentro de los alcances de la bonificación
El beneficio otorgado quedará sin efecto al incurrir en incumplimiento del reglamento de Aranceles aprobado por Resol. (CD) Nr. 319/16 y la resolución
EVALUACIÓN
La continuidad de la bonificación estará supeditada a evaluaciones periódicas del rendimiento académico de los aspirantes, las que estarán a cargo de los responsables de la Unidad.
AQUELLAS SOLICITUDES QUE NO CUENTEN CON TODA LA INFORMACIÓN REQUERIDA NO SERÁN CONSIDERADAS